¿QUIÉN ES EL ASESOR
COMUNITARIO (AC)?
Es
la persona encargada de orientar a las Asociaciones de Padres de Familia (APF)
en la administración del AGE y Participación Social.
ALGO DE ANTECEDENTES:
La
Unidad de Programas Compensatorios (UPC) del CONAFE, genera Acciones
Compensatorias en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran
altos niveles de marginación y/o rezago social en las 31 entidades federativas.
Una
de ellas es la Participación de los Padres de Familia en el Apoyo a la Gestión
Escolar (AGE), que si bien el AGE es un fondo económico para beneficio de la
escuela; su propósito es:
·
Promover
y Fortalecer la participación social en torno a la vida escolar, contribuyendo
a consolidar una cultura de colaboración, respeto y corresponsabilidad entre
autoridades educativas, docentes, padres de familia y alumnos.
·
Proporcionar
a los padres de familia los conocimientos y habilidades que les permitan
comprender las responsabilidades y facultades de la APF y comprobar los
recursos del fondo de AGE, para el mejoramiento del servicio educativo.
·
Fomentar
una cultura de corresponsabilidad, participación, Transparencia y Rendición de
Cuentas en la administración de los recursos para resolver las necesidades mas
apremiantes de la escuela, así como promover el interés constante de los padres
de familia en los asuntos educativos de sus hijo.
Es
en esta tarea, donde el CONAFE considera necesario invertir recursos federales,
para apoyar a las APF’s y nombrar a un ASESOR COMUNITARIO que oriente la tarea
de las responsabilidades escolares, quien será designado y autorizado por la
misma APF que puede ser propuesto por la comunidad educativa o bien, ser
Docente o Directivo de la Escuela Compensada.
Si
es de conocimiento general que las escuelas compensadas con AGE, los Directores
son los responsables del Trámite, Gestión, Comprobación y Rendición de cuentas,
el CONAFE crea un subsidio económico que será otorgado contra la presentación
de:
·
Plan
de trabajo, realización de por lo menos 4 sesiones de trabajo entregando los
informes con evidencias y que la escuela halla justificado en tiempo y conforme
a los lineamientos para ejercer el recurso AGE.
Ya
les informará ésta Coordinación de Acciones Compensatorias sobre la estrategia de capacitación y la operación, que se detona
a la par con la firma del convenio de AGE con APF’s.
Recuerden es un programa COMPENSATORIO, no obligatorio, ni mucho menos institucional osea que no es permanente.