viernes, 9 de noviembre de 2012

ASESORES COMUNITARIOS EN ESCUELAS BENEFICIADAS CON AGE


¿QUIÉN ES EL ASESOR COMUNITARIO (AC)?

Es la persona encargada de orientar a las Asociaciones de Padres de Familia (APF) en la administración del AGE y Participación Social.

ALGO DE ANTECEDENTES:

La Unidad de Programas Compensatorios (UPC) del CONAFE, genera Acciones Compensatorias en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos niveles de marginación y/o rezago social en las 31 entidades federativas.

Una de ellas es la Participación de los Padres de Familia en el Apoyo a la Gestión Escolar (AGE), que si bien el AGE es un fondo económico para beneficio de la escuela; su propósito es:

·         Promover y Fortalecer la participación social en torno a la vida escolar, contribuyendo a consolidar una cultura de colaboración, respeto y corresponsabilidad entre autoridades educativas, docentes, padres de familia y alumnos.

·         Proporcionar a los padres de familia los conocimientos y habilidades que les permitan comprender las responsabilidades y facultades de la APF y comprobar los recursos del fondo de AGE, para el mejoramiento del servicio educativo.

·         Fomentar una cultura de corresponsabilidad, participación, Transparencia y Rendición de Cuentas en la administración de los recursos para resolver las necesidades mas apremiantes de la escuela, así como promover el interés constante de los padres de familia en los asuntos educativos de sus hijo.

Es en esta tarea, donde el CONAFE considera necesario invertir recursos federales, para apoyar a las APF’s y nombrar a un ASESOR COMUNITARIO que oriente la tarea de las responsabilidades escolares, quien será designado y autorizado por la misma APF que puede ser propuesto por la comunidad educativa o bien, ser Docente o Directivo de la Escuela Compensada.

Si es de conocimiento general que las escuelas compensadas con AGE, los Directores son los responsables del Trámite, Gestión, Comprobación y Rendición de cuentas, el CONAFE crea un subsidio económico que será otorgado contra la presentación de:

·         Plan de trabajo, realización de por lo menos 4 sesiones de trabajo entregando los informes con evidencias y que la escuela halla justificado en tiempo y conforme a los lineamientos para ejercer el recurso AGE.

Ya les informará ésta Coordinación de Acciones Compensatorias sobre la estrategia de capacitación y la operación, que se detona a la par con la firma del convenio de AGE con APF’s.
Recuerden es un programa COMPENSATORIO, no obligatorio, ni mucho menos institucional osea que no es permanente.

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